Siempre sostuve que la tarea del abogado penalista es una de las más nobles que puede asumir un jurista. No lo digo por corporativismo ni por romanticismo profesional. Lo digo porque el bien jurídico que se defiende en cada causa penal es el más elemental de todos: la libertad de una persona.
Y yo siempre dije, con la convicción que da la experiencia, que la vida sin libertad no es vida.
Un colega al que profeso gran respeto y admiración me señaló algo que no había pensado en esos términos: esa idea tiene raíces sanmartinianas. José de San Martín no cruzó los Andes por ambición, ni por mandato burocrático. Cruzó los Andes porque entendía, en lo más profundo de su concepción del mundo, que un pueblo sin libertad es un pueblo que apenas existe. Liberó Argentina, Chile y Perú porque aplicó a escala continental el mismo principio que yo intento aplicar a escala de cada expediente: la vida sin libertad no es vida.
Hay algo conmovedor en esa continuidad. Un general del siglo XIX y un abogado penalista del siglo XXI, separados por doscientos años y por las circunstancias más distintas imaginables, sosteniendo la misma premisa. La libertad no es una conquista de época. Es una condición permanente de la dignidad humana.
Por eso el penalista trabaja con una materia distinta a la de cualquier otro abogado. No más importante en términos abstractos —toda rama del derecho tiene su valor— pero sí distinta en sus consecuencias concretas.
Toda tarea del abogado es noble, porque toda tarea del abogado defiende derechos de personas. El abogado civilista defiende el patrimonio, el contrato, la propiedad. El laboralista defiende el salario y la dignidad en el trabajo. El comercialista cuida la empresa, el acuerdo, el capital. Todos ellos cumplen una función esencial, y merecen el mismo respeto.
Pero hay una diferencia que no puede ignorarse.
Cuando un abogado pierde un juicio civil, cuando falla una estrategia patrimonial, cuando el resultado no es el esperado en un litigio de negocios, lo que se pierde es dinero. Una suma, por más significativa que sea, es recuperable. El tiempo, los recursos, el esfuerzo: todo eso duele, pero tiene remedio. El patrimonio se rehace.
La libertad, no.
Cuando un abogado penalista falla, cuando el argumento no llega, cuando la prueba no alcanza, lo que está en juego no es una cuenta bancaria sino años de vida de una persona. Años reales, concretos, irrecuperables. Una condena injusta no se devuelve. El tiempo preso no se reintegra con intereses. El daño que produce la pérdida de la libertad —sobre la persona, sobre su familia, sobre su lugar en el mundo— es de una naturaleza radicalmente distinta a cualquier pérdida económica.
Por eso quien elige defender la libertad de las personas elige también cargar con esa responsabilidad en su magnitud más plena. No como una carga que aplasta, sino como una que obliga a estar a la altura. Como San Martín, que sabía exactamente lo que significaba lo que estaba haciendo y lo hizo igual.
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